¿Qué es y cómo se tramita un divorcio express?

    Suele suceder que, en ocasiones, el vínculo matrimonial celebrado entre dos personas, ya no puede continuar por diversas situaciones, ya no existe posibilidad de congeniar los intereses de ambos y la única solución posible es dar por finalizado el matrimonio previamente contraído.

    Para poder llevar a cabo la disolución de un vínculo matrimonial, dentro de la Ciudad de México, existen 3 vías posibles reguladas por el Código Civil, con características y procedimientos específicos para cada una.

    Estas 3 vías posibles son el divorcio administrativo, divorcio voluntario y el divorcio express. En este artículo nos enfocaremos en el divorcio express y su tramitación.

    Divorcio Express

    Este tipo de divorcio, también llamado “Divorcio incausado”, es aquel que se lleva a cabo cuando solo uno de los cónyuges desea dar por terminado el vínculo matrimonial que contrajo con su cónyuge, para lo cual presenta una demanda de divorcio ante un Juez de lo Familiar, en la que manifiesta su intención de finalizar el matrimonio existente con su actual cónyuge, además a dicha demanda, debe anexar una propuesta de convenio en la que se especifique la forma en que propone, sean resueltos los temas siguientes:

    • El destino de los bienes contraídos durante el tiempo que duró el matrimonio o bien, la liquidación de la sociedad conyugal. Lo anterior en caso de que se hayan casado dentro del régimen de sociedad conyugal

    Por otra parte, si el matrimonio se realizó bajo el régimen de separación de bienes, deberá proponerse el monto de la indemnización, correspondiente al cónyuge cuya actividad preponderante durante el matrimonio, fue la de estar a cargo del cuidado de los hijos o del hogar.

    • La designación de la guarda y custodia de los hijos, lo cual implica decidir quién de los cónyuges se hará cargo del cuidado de los menores la mayor parte del tiempo, así como quien tomará las decisiones sobre los aspectos inherentes a ellos.
    • El régimen de visitas, que implica las circunstancias de días, horas y lugares, como se llevarán a cabo las visitas a los hijos, por parte del cónyuge que no tenga la custodia de los menores, esto siempre respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos.
    • La forma en que serán atendidas las necesidades de los menores, así como el monto de pensión alimenticia a otorgar en favor ellos, y en algunos casos, en favor del cónyuge, que no tenga medios suficientes de subsistencia.
    • Las garantías que aseguren el cumplimiento cabal de la obligación de entregar la pensión alimenticia en los montos y tiempos pactados.
    • Quién de los cónyuges será quien se quede en el domicilio conyugal actual.

    Una vez que el Juez de lo familiar recibe la demanda de divorcio, ordena que sea notificado al otro cónyuge, con el fin de hacer de su conocimiento la voluntad de su actual esposo de divorciarse y, por otra parte, de que, conforme a la propuesta de convenio presentada por el mismo, pueda aceptarla en su totalidad o bien, que pueda hacer una nueva propuesta respecto a los mismos temas mencionados anteriormente.

    Es importante establecer que aun cuando no se llegase a ningún convenio respecto a los puntos antes señalados, el divorcio de cualquier forma será declarado por el Juez.

    Después de que el cónyuge demandado contestó la demanda de divorcio, con su propuesta de convenio, ambas partes serán citadas a una audiencia, donde se revisarán las propuestas de ambos, y con ayuda del Juez, y sus abogados, se intentará llegar a un convenio final, que sea adecuado para ambas partes.

    Si en dicha audiencia, persiste la negativa de alguna de las partes o de ambas, a cerrar un convenio, el Juez dictará las medidas provisionales respecto a:

    a) Quien tendrá la guarda y custodia de los menores

    b) La forma en que se realizará el régimen de visitas y,

    c) El monto de la pensión alimenticia a cubrir en favor de los hijos

    Una vez efectuado esto, procederá a dictar sentencia definitiva, donde declarará que el divorcio se ha efectuado, ordenando girar un oficio al Registro Civil, para que se haga la anotación correspondiente.

    Lo anterior significa que mientras no se llegue a un acuerdo, en relación con tales aspectos, el Juez tendrá la facultad de decidirlo, hasta en tanto las partes, no lleguen a un convenio o, ejecuten, con apoyo de sus abogados, las acciones legales correspondientes, para lograr resolverlos conforme a la Ley.

    Hasta este punto, podemos decir que el divorcio se ha decretado y el vínculo matrimonial ha quedado anulado y, solo queda pendiente verificar que el registro civil lleve a cabo la anotación antes aludida.

    Es importante hacer mención que, aunque el divorcio ha sido realizado con éxito, aún quedará pendiente de resolverse, la situación jurídica de los bienes de los cónyuges, lo relativo a la pensión alimenticia definitiva, la guarda y custodia de los menores y, el correspondiente régimen de visitas, para lo cual existen los mecanismos legales, con los que es posible dar solución a estos temas, atendiendo en todo caso a lo establecido en la Ley.

    Conclusión

    Si ya has tomado la decisión de divorciarte, y tu cónyuge, no quiere hacerlo, puedes optar por este procedimiento para disolver el vínculo matrimonial contraído, ya que con él, podrás divorciarte en un término aproximado de 40 días hábiles, sin tener que contar con la aprobación de tu actual pareja.

    Ahora bien, al ser un procedimiento judicial que debe llevarse ante un Juez de lo Familiar, y que existen otros aspectos importantes respecto a los bienes y a los hijos que deben atenderse por la vía legal, es indispensable que cuentes con el apoyo de un abogado, que se encargue de asesorarte, guiarte y acompañarte durante todo el proceso, asegurándose de que tus derechos sean respetados, logrando proteger tu patrimonio y los intereses de tus hijos.

    En ASLEGI Abogados, contamos con amplia experiencia y trayectoria tramitando procesos de divorcio en la Ciudad de México, y estaremos encantados de apoyarte, si así lo requieres.

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